ASAMBLEAS ORDINARIAS DE DELEGADOS

De acuerdo al artículo 27 de nuestros Estatutos, La Asamblea General Ordinaria de Delegados es la autoridad suprema de la Cooperativa y sus acuerdos obligan a todos los delegados presentes o ausentes, siempre que se hubieren tomado de conformidad con los Estatutos y la ley sobre Asociaciones Cooperativas y su Reglamento.

 

La Asamblea General Ordinaria de Delegados tendrá lugar una vez al año, después del cierre de operaciones, previa convocatoria, con por lo menos 10 (diez) días de anticipación, hecha por el Consejo de Administración. La convocatoria será hecha por el secretario, colocando propaganda en lugares visibles para los socios en cada empresa en donde opere un Distrito Cooperativo. Además, el secretario debe enviarle a cada delegado, al mismo tiempo, una copia de los informes económicos preparados al cierre del ejercicio social, así como los informes rendidos por los organismos administrativos y  de control elegidos por la Asamblea General Ordinaria de Delegados.